Descripción
Más sobre el Certificado de Nacimiento
¿Quiénes tienen derecho a solicitar el Certificado?
Toda persona mayor de 18 años de edad tiene derecho a obtener su Certificado. Además, su padre o madre, representante legal, custodio legal, tutor o los herederos.
¿Cuánto tiempo toma el proceso y cómo es el envío?
El tiempo de procesamiento normal es de 10 días laborables. También tenemos un servicio “urgente” o “súper urgente” (5 ó 3 días laborables, respectivamente), por un costo adicional al momento de pagar.
En adición, el tiempo de envío (o sea, lo que toma el correo), dependerá del servicio de correo que usted escoja (“Priority” o “Express”). Enviamos a cualquier parte del mundo. Para PR o EEUU, usamos el sistema de correo federal (“US Postal Service”). El costo de envío será calculado automáticamente dependiendo de la dirección que usted entre al momento de pagar. Los envíos internacionales son a través de FedEx® o UPS®.
¿En qué idiomas se emite este Certificado?
Este Certificado se emite automáticamente en ambos idiomas, español e inglés.
¿Puedo corregir errores en el Certificado?
Sí, podemos corregir errores, pero a través de este otro enlace: Corrección de Certificado.
¿En qué fecha comenzó el formato actual?
Los Certificados de Nacimiento de Puerto Rico tuvieron un cambio en el formato oficial, efectivo el 1ro de julio del 2010. Eso se hizo para corregir asuntos de seguridad. Por tanto, son válidos, al menos para uso en Puerto Rico, solo si fueron expedidos después de esa fecha. Para poderlos diferenciar fácilmente, estos nuevos Certificados son de color azul.
¿Desde cuándo hay récords en el Registro?
El Registro Demográfico de Puerto Rico comenzó en el 1931. Sin embargo, tienen muchos récords del 1885 al 1931, de la etapa que se conoce como el “Registro Civil”. Previo al 1885 no hay documentación, pero usted podía ir a la iglesia del pueblo de nacimiento para verificar los récords de bautismo. Asimismo, de ser necesario, podrá buscar en las bases de datos de FamilySearch.org o Ancestry.com. En fin, si su caso es previo al 1885, lamentamos que no podremos atenderlo.
¿Cuál es el tipo de Certificado que necesito?
Generalmente, para la gran mayoría de los casos, solo se requiere el Certificado “regular“, que es el tamaño carta.
No obstante, de ser necesario, también podemos conseguir lo que se conoce como el Certificado “literal“, o “largo” pues es de papel tamaño legal, el cual provee información mucho más detallada. Por ejemplo, el Certificado de Nacimiento literal contiene la siguiente información adicional: hora del nacimiento, nombre del médico y hospital que atendió el parto, etc.. El Certificado “literal” es solicitado comúnmente por otros países como parte del proceso de solicitar la ciudadanía, por ejemplo, en España.
Debido al tiempo adicional que toma buscar en los récords originales, el Certificado “literal” puede demorar hasta 30 días.
¿Qué otras Actas o Certificados tramitan?
Es posible tramitar también su Certificado de Matrimonio, Divorcio o Soltería, además de la Defunción de algún familiar inmediato al que usted tenga derecho, según explicamos al comienzo de esta página.
Para ver la lista completa de los Certificados que trabajamos, puede ir al enlace del Registro Demográfico.
¿Dónde puedo ir para dudas o preguntas?
Si aún después de leer esto usted tuviera alguna duda o pregunta, favor visitar nuestra sección de Preguntas Frecuentes.
Testimonios de clientes previos:
JAVIER T. (propietario verificado) –
Super
David Caballero (propietario verificado) –
Los certificados de nacimiento de 3 miembros de mi familia estuvieron listos al mismo tiempo
Amy (propietario verificado) –