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![FedEx: Envíos Internacionales](https://cdn-fmceg.nitrocdn.com/KeNnUheISArooElORXivocEgtvbAUfer/assets/images/optimized/rev-d5bf2d7/abogadonotarioonline.com/wp-content/uploads/2020/09/FedEx-Transparente-256x256-1-e1703642236668-80x80.png)
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La información aquí provista es solo para orientación general y no constituye una relación abogado-cliente.
Una donación es el traspaso de una propiedad sin intercambiar dinero, o sea, de forma gratuita. Cuando se trata de una “propiedad inmueble” como lo sería una casa, edificio, apartamento o finca, es obligatorio hacerlo mediante una escritura. En esta escritura tendrán que firmar ambas partes: el o la donante y el recipiente. De encontrarse fuera de Puerto Rico cualquiera de las partes, es posible comoquiera realizar la transacción con nosotros.
La escritura es un documento en tamaño papel legal, preparado por un abogado notario, en el cual se incluyen todas las cláusulas requeridas por ley. La escritura es más completa que una simple declaración jurada. Por otro lado, si la transacción envuelve algún intercambio de dinero o bienes, entonces sería una compraventa.
El paso inicial para el traspaso de una propiedad inmueble es que el abogado verifique la titularidad en el Registro de la Propiedad. Para esto, se puede hacer lo que se llama un “estudio de título”, documento que generalmente es preparado por un investigador de título. Es importante recalcar que las personas que aparezcan ya inscritas serán las únicas que podrán traspasar la propiedad.
Si alguno de los titulares ha fallecido, entonces debe haberse traspasado previamente la propiedad a nombre de los herederos, lo que puede tardar varios meses. Para más información sobre este asunto, vaya a nuestro enlace sobre Traspaso de Herencia.
En el estudio de título aparecerán también los gravámenes que tenga la propiedad, como lo sería una hipoteca. Si la hipoteca se saldó, es importante que antes de la donación se haya efectuado lo que se conoce como la Cancelación de Hipoteca y que así se haya registrado en el Registro de la Propiedad.
En el caso de las Donaciones, es obligatorio que el abogado tramite ante el Departamento de Hacienda de Puerto Rico una Planilla de Donaciones. Esto se hace para verificar que no se adeuden contribuciones al gobierno de Puerto Rico previo a la donación. En adición, al final de la donación, el abogado deberá someter al Departamento de Hacienda lo que se conoce como la “Planilla Informativa sobre Traslado de Bienes Inmuebles”.
Todo traspaso de propiedad inmueble debe presentarse en el Registro de la Propiedad. Este proceso lo realiza el abogado y conlleva el pago de unos aranceles que se calculan a base del valor de la propiedad en el mercado. Para calcular esta cuantía, las partes deberán informarle al abogado el valor estimado de la propiedad, lo que en nuestro caso podrá indicarse en el formulario al final de esta página.
Como parte del proceso, es necesario que en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) se someta el formulario de Cambio de Dueño. En nuetro bufete, esta obligación es efectuada por el mismo abogado.
Además, si el recipiente de la donación vivirá la propiedad como si fuera su residencia principal, habrá que someter también la Solicitud de Exoneración Contributiva.
Si el adquirente vivirá la propiedad como su residencia principal, puede aprovechar y de una vez añadir la protección de Hogar Seguro.
El traspaso de una propiedad inmueble es un asunto que tiende a ser tedioso por la importancia que conlleva. No obstante, en Abogado Notario Online nos encargamos de hacer todo el proceso de la forma más cómoda y fácil. Para obtener un estimado, debe llenar el formulario de contacto aquí abajo.
PARA UN ESTIMADO, FAVOR LLENAR ESTE FORMULARIO: