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Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico: legislación para eliminarlo y sus posibles efectos

Una medida ante la Legislatura propone dejar de expedir el Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico. Explicamos qué propone, por qué se presentó y qué podría ocurrir si finalmente entra en vigor.

⚠️ Estado de la medida — actualizado al 3 de septiembre de 2026: La Resolución Conjunta de la Cámara 348 fue aprobada por la Cámara de Representantes y continúa su trámite legislativo. Faltaría que el Senado la apruebe y luego la Gobernadora la convierta en ley.

La ley todavía no ha sido aprobada así que el Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico continúa disponible. Para conocer el estado más reciente, puede consultar directamente el expediente oficial de la medida en SUTRA (Sistema Único de Trámite Legislativo), el sistema de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico.

Introducción

El Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico podría dejar de expedirse si una medida que se encuentra ante la Asamblea Legislativa completa el proceso necesario para entrar en vigor.

Se trata de la Resolución Conjunta de la Cámara 348 (R.C. de la C. 348). La medida propone ordenar al Departamento de Estado de Puerto Rico que deje de expedir el certificado y que inicie el procedimiento para derogar el Reglamento Núm. 7347, que actualmente establece cómo se solicita y se otorga.

El asunto ha generado dudas, especialmente entre personas que utilizan este documento para trámites fuera de Puerto Rico. También plantea una discusión más amplia sobre qué significa jurídicamente ser ciudadano de Puerto Rico y si el Gobierno debe continuar expidiendo un certificado para acreditarlo.

Por ahora, es importante distinguir entre una medida que avanza en la Legislatura y una ley que ya está vigente. Mientras ese proceso no termine y no ocurra un cambio efectivo en el procedimiento administrativo, el certificado continúa existiendo.

Si busca información sobre el procedimiento actualmente disponible, puede consultar nuestra página del Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico.

👇 Pulse o haga clic en cada pregunta para ver la información.

La legislación y sus posibles efectos

1) ¿Qué propone la Resolución Conjunta de la Cámara 348?

La R.C. de la C. 348 propone principalmente dos cosas:

  • Que el Departamento de Estado de Puerto Rico deje de expedir Certificados de Ciudadanía Puertorriqueña.
  • Que se inicie el proceso administrativo para derogar el Reglamento Núm. 7347, que establece actualmente el procedimiento para solicitar y obtener estos certificados.

Por tanto, no se trata simplemente de cambiar el formato del certificado o modificar sus requisitos. La medida busca que deje de expedirse.

El texto, los documentos relacionados y el estado más reciente de la medida pueden consultarse en el expediente oficial de la R.C. de la C. 348 en SUTRA.

2) ¿Por qué se propone eliminar el certificado?

La medida sostiene, en esencia, que Puerto Rico no tiene una ciudadanía nacional soberana separada de la ciudadanía de Estados Unidos y que la expedición de un Certificado de Ciudadanía Puertorriqueña puede crear confusión sobre esa realidad jurídica.

Como parte de su fundamento, la medida hace referencia a la ciudadanía estadounidense de los puertorriqueños y a decisiones del Tribunal Supremo de Estados Unidos relacionadas con la fuente de los poderes del Gobierno de Puerto Rico, entre ellas Puerto Rico v. Sánchez Valle y Financial Oversight and Management Board v. Aurelius Investment, LLC.

Sin embargo, esos casos no decidieron directamente si el Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico es válido ni si el Reglamento Núm. 7347 debe existir.

Además, el concepto de ciudadanía de Puerto Rico no surge únicamente de ese reglamento. Aparece desde mucho antes en legislación puertorriqueña y ha sido examinado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

3) ¿Existe legalmente una ciudadanía de Puerto Rico?

Sí. El concepto jurídico de ciudadano de Puerto Rico existe desde mucho antes de que se comenzara a expedir el certificado que hoy está en controversia.

El Artículo 10 del Código Político de Puerto Rico contiene disposiciones sobre quiénes son ciudadanos de Puerto Rico. La ciudadanía puertorriqueña también fue examinada por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en el conocido caso Ramírez de Ferrer v. Mari Brás, 144 D.P.R. 141 (1997).

Esto no significa necesariamente que Puerto Rico tenga una ciudadanía nacional soberana e independiente de la de Estados Unidos. Son conceptos distintos.

Precisamente una parte de la discusión actual gira alrededor de esa diferencia: una cosa es reconocer una ciudadanía de Puerto Rico dentro de nuestro ordenamiento jurídico y otra es sostener que existe una nacionalidad soberana separada de la estadounidense.

4) ¿Qué tiene que ver Juan Mari Brás con el Certificado de Ciudadanía?

La historia del certificado está estrechamente relacionada con el licenciado Juan Mari Brás.

Mari Brás renunció formalmente a su ciudadanía estadounidense en la década de 1990. Posteriormente surgió una controversia sobre si podía continuar siendo elector en Puerto Rico aun después de esa renuncia.

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió el asunto en Ramírez de Ferrer v. Mari Brás y examinó ampliamente la historia y el significado jurídico de la ciudadanía de Puerto Rico.

Luego, Mari Brás solicitó al Gobierno de Puerto Rico una certificación oficial que acreditara su ciudadanía puertorriqueña. Ese proceso forma parte del trasfondo que eventualmente llevó al establecimiento de un procedimiento administrativo para expedir el Certificado de Ciudadanía Puertorriqueña.

Por eso, la controversia actual no se limita a un formulario gubernamental. También toca una discusión jurídica e histórica que lleva décadas desarrollándose en Puerto Rico.

5) ¿Qué es el Reglamento Núm. 7347?

El Reglamento Núm. 7347 del Departamento de Estado estableció el procedimiento para evaluar y expedir los Certificados de Ciudadanía Puertorriqueña.

Entre otras cosas, dispone quién puede solicitar el certificado, qué documentos debe presentar y cómo el Departamento de Estado debe evaluar la solicitud.

El procedimiento contempla distintas maneras de demostrar el vínculo con Puerto Rico, incluyendo situaciones relacionadas con:

  • haber nacido en Puerto Rico;
  • tener padre o madre nacido en Puerto Rico; o
  • cumplir con determinados requisitos de residencia en Puerto Rico.

La legislación propuesta no busca enmendar estos requisitos. Busca que el Departamento de Estado deje de expedir el certificado y que se derogue el reglamento.

6) ¿Qué podría ocurrir si la medida entra en vigor?

Si la medida completa el proceso legislativo y entra en vigor en términos similares a los propuestos, el efecto principal sería que el Departamento de Estado dejaría de expedir nuevos Certificados de Ciudadanía Puertorriqueña.

También tendría que comenzar el proceso administrativo para derogar el reglamento que actualmente permite solicitarlos.

Esto podría afectar a personas que utilizan el documento para trámites fuera de Puerto Rico. En nuestra práctica, por ejemplo, vemos con frecuencia personas que lo necesitan para determinados procedimientos en España.

Hay que distinguir, sin embargo, entre dos asuntos diferentes:

  • Puerto Rico puede decidir si continúa expidiendo el certificado.
  • Una agencia, consulado, tribunal u otra institución extranjera determina qué documentos acepta para sus propios procedimientos.

Por eso, dejar de expedir el certificado en Puerto Rico no necesariamente determina qué alternativas documentales podría aceptar en el futuro una autoridad extranjera.

7) ¿Qué podría ocurrir con los certificados que ya fueron expedidos?

No debe asumirse que un certificado expedido anteriormente quedaría automáticamente sin efecto simplemente porque en el futuro se deje de expedir certificados nuevos.

Son situaciones distintas:

  • dejar de expedir nuevos certificados;
  • determinar el efecto de los certificados que ya existen; y
  • determinar qué ocurre con solicitudes que estuvieran pendientes al momento de algún cambio.

Si la legislación finalmente entra en vigor, habría que examinar su texto definitivo, su fecha de vigencia y las instrucciones que emita el Departamento de Estado. También habría que considerar los requisitos de la institución ante la cual se vaya a presentar el certificado.

8) ¿Qué ocurre si necesito el Certificado de Ciudadanía ahora?

Mientras el procedimiento continúe vigente y el Departamento de Estado siga expidiendo el certificado, puede solicitarse conforme a los requisitos aplicables.

Como la medida puede avanzar en cualquier momento, antes de comenzar el trámite recomendamos verificar su estado directamente en el expediente oficial de SUTRA.

Si el certificado continúa disponible, puede revisar los requisitos, tiempo de procesamiento y opciones en nuestra página del Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico.

Preguntas frecuentes

1) ¿Ya eliminaron el Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico?

La presentación o aprobación de una medida legislativa no significa automáticamente que ya esté vigente. Para conocer el estado más reciente de la R.C. de la C. 348, puede consultar directamente el sistema oficial de la Asamblea Legislativa.

2) ¿Qué medida propone eliminarlo?

Es la Resolución Conjunta de la Cámara 348. La medida propone que el Departamento de Estado deje de expedir el certificado y que se inicie el proceso para derogar el Reglamento Núm. 7347.

3) ¿La medida elimina la ciudadanía puertorriqueña?

La medida está dirigida a cesar la expedición del Certificado de Ciudadanía Puertorriqueña y a derogar el reglamento que establece su procedimiento. El concepto jurídico de ciudadanía de Puerto Rico aparece también en otras fuentes del derecho puertorriqueño, incluyendo el Código Político y jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico.

4) ¿Qué pasa si ya tengo un Certificado de Ciudadanía?

No debe asumirse que un certificado previamente expedido quedaría automáticamente invalidado. Si la medida finalmente entra en vigor, habría que examinar el texto definitivo y también los requisitos de la institución ante la cual vaya a utilizarse el documento.

5) ¿Puedo solicitar el certificado mientras la legislación está pendiente?

Mientras el procedimiento continúe vigente y el Departamento de Estado siga expidiendo el certificado, puede solicitarse conforme a los requisitos aplicables. Como el estado de la legislación puede cambiar, conviene verificar primero el expediente oficial de la medida en SUTRA.

6) ¿El Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico sustituye un pasaporte de Estados Unidos?

No. El Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico no es un pasaporte de Estados Unidos ni sustituye los documentos federales utilizados para viajar internacionalmente o acreditar ciudadanía estadounidense.

Fuentes legales y documentos relacionados

  • Resolución Conjunta de la Cámara 348 — expediente y estado oficial en SUTRA.
  • Artículo 10 del Código Político de Puerto Rico, 1 L.P.R.A. sec. 7.
  • Ramírez de Ferrer v. Mari Brás, 144 D.P.R. 141 (1997).
  • Reglamento Núm. 7347 del Departamento de Estado de Puerto Rico.
  • Puerto Rico v. Sánchez Valle, 579 U.S. 59 (2016).
  • Financial Oversight and Management Board v. Aurelius Investment, LLC, 590 U.S. 448 (2020).

📌 Verifique el estado más reciente
Como se trata de legislación pendiente, su estado puede cambiar. Puede verificar en cualquier momento el expediente oficial de la R.C. de la C. 348 en SUTRA.

✅ Información sobre el procedimiento actualmente disponible

Ver Certificado de Ciudadanía de Puerto Rico

Este artículo ofrece información general sobre legislación pendiente y no constituye asesoramiento legal sobre una situación particular. El estado de la legislación y los procedimientos gubernamentales puede cambiar.

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