Descripción
¿Qué hacemos?
- Tramitamos el exequátur en Puerto Rico para solicitar que un tribunal local reconozca una sentencia emitida fuera de Puerto Rico.
- Evaluamos primero la sentencia extranjera para confirmar si el trámite es viable y si el caso se clasifica como Estándar o Complejo.
- Gestionamos el trámite judicial, incluyendo la preparación, radicación y seguimiento del caso ante el tribunal, según aplique.
- Trámite 100% remoto: atendemos clientes en Puerto Rico, Estados Unidos y el extranjero sin que tengan que viajar para comenzar la gestión.
- Confirmación por escrito antes de ordenar: primero debe completar el Formulario de Evaluación. Luego le indicaremos si el caso puede atenderse, el costo aplicable y los próximos pasos.
📌 Primer paso: complete el Formulario de Evaluación
Antes de pagar honorarios u ordenar el servicio, complete el Formulario de Evaluación. Con esa información podremos revisar la sentencia, confirmar viabilidad y clasificar el caso como Estándar o Complejo.
¿Qué es el exequátur?
El exequátur es el procedimiento judicial mediante el cual se solicita a un tribunal de Puerto Rico que reconozca una sentencia emitida fuera de Puerto Rico, ya sea por un tribunal de otro estado de Estados Unidos o de otro país.
El proceso no reevalúa ni modifica la sentencia extranjera. Su propósito es que esa sentencia pueda producir efectos legales en Puerto Rico, si cumple con los requisitos aplicables.
Casos comunes
- ✅ Divorcios extranjeros decretados fuera de Puerto Rico.
- ✅ Cambios de nombre aprobados por tribunales de otra jurisdicción.
- ✅ Adopciones decretadas fuera de Puerto Rico.
- ✅ Custodia o patria potestad determinada por tribunal fuera de Puerto Rico.
- ✅ Otras sentencias extranjeras que necesiten reconocimiento legal en Puerto Rico.
Costos
La clasificación final se confirma por escrito luego de revisar el Formulario de Evaluación y la sentencia extranjera correspondiente.
¿Qué incluye el costo?
- Honorarios de abogado para la preparación y trámite del exequátur.
- Radicación de la demanda ante el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico.
- Sellos y costas judiciales ordinarias.
- Redacción y presentación de las mociones necesarias.
- Orientación y coordinación sobre documentos y certificaciones requeridas.
- Seguimiento del trámite judicial hasta la resolución del tribunal.
- Actualización del certificado correspondiente del Registro Demográfico —por ejemplo, certificado de nacimiento— según aplique.
⏱ Tiempos de procesamiento
Los tiempos son estimados y pueden variar por razones fuera del control del abogado, incluyendo señalamientos, órdenes del tribunal, requisitos adicionales o tiempos de respuesta de las entidades correspondientes.
📦 Envíos
Preguntas frecuentes adicionales
1) ¿La evaluación es gratuita?
Sí. La evaluación inicial es gratuita y sin compromiso. Le contestamos por escrito luego de revisar la información provista en el Formulario de Evaluación.
2) ¿Tengo que estar en Puerto Rico?
No. El proceso puede iniciarse y coordinarse 100% a distancia. Atendemos clientes en Puerto Rico, Estados Unidos y el extranjero sin necesidad de viajar para comenzar la gestión.
3) ¿Qué documentos necesito para la evaluación gratuita?
Generalmente se solicita copia de la sentencia extranjera y datos básicos del caso para confirmar viabilidad y clasificarlo como Estándar o Complejo. Los requisitos específicos dependen de la jurisdicción de origen y del tipo de sentencia.
4) ¿Por qué debo llenar primero el Formulario de Evaluación?
El formulario permite revisar la sentencia, confirmar si el exequátur es viable y determinar si el caso es Estándar o Complejo. Así recibe un precio final claro dentro de las dos opciones, por escrito y sin compromiso, antes de pagar honorarios.
5) ¿El exequátur modifica o reevalúa la sentencia extranjera?
No. El exequátur no reevalúa el fondo del caso ni cambia la sentencia. Su propósito es que el tribunal en Puerto Rico reconozca formalmente una sentencia extranjera para que pueda producir efectos legales localmente, si cumple los requisitos.
6) ¿Cuánto tarda el trámite de exequátur?
Como referencia, el servicio normal puede tomar alrededor de 3 meses y el servicio rápido alrededor de 2 meses. El tiempo final depende de la complejidad del caso, el tribunal y cualquier requisito adicional que pueda surgir.
7) ¿Puedo pagar el exequátur en partes?
Sí. Si su caso es aprobado luego de la evaluación, puede ordenar con un pago inicial del 50% usando el cupón correspondiente, y saldar el resto cuando su documento esté listo, conforme a las instrucciones que se le indiquen por escrito.
Última revisión legal: abril 2026 · Contenido revisado por abogado autorizado en Puerto Rico.
Ordenar solo con confirmación previa
Aviso: el botón a continuación es exclusivamente para clientes que ya completaron el Formulario de Evaluación y recibieron nuestra confirmación por escrito de que el caso puede atenderse como Estándar o Complejo.
No ordene este servicio hasta recibir nuestra confirmación previa por escrito.
Pago flexible: una vez aprobado su caso, puede ordenar con solo el 50% usando el cupón CE50PC. El balance se salda cuando su documento esté listo.










Marisol D. –
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Gilbert –